viernes, 18 de marzo de 2011

La legalización de SORTU

La fundación de Sortu y la presentación pública de su condena explícita de la violencia de ETA me cogió, la verdad, un poco por sorpresa. Sí, de acuerdo, estaba claro que algo iban a intentar, porque para un partido con la actual presencia institucional de ANV tenia que ser forzosamente traumático encontrarse arrojado fuera de la politica municipal y, en muchos casos, de gobiernos municipales. Pero aún así, creo que la condena de ETA y el comunicado de la semana pasada (http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201103/10/espana/20110310elpepunac_2_Pes_PDF.pdf) son algo muy significativo. Probablemente sea, como decía, la necesidad de conservar el poder municipal, así como impedir un resultado en las próximas elecciones autonómicas como el que ha permitido la formación del actual Gobierno vasco, lo que les haya hecho “pasar por el aro”. Quizás. Pero de lo que se trataba era, precisamente, de que pasaran por el aro, de que condenaran la violencia y se desmarcaran de ETA, ¿o no? Porque si no era esto, ¿qué era, entonces?
A tenor de la reacción de los dos partidos políticos mayoritarios da la impresión que, efectivamente, debía ser otra cosa. El PP ha sido muy categórico, pues Ana Mato ha dicho: “no vamos a tolerar, en ningún caso, que se dé un paso que permita que ETA avance”; o que “sería tan intolerable que el Gobierno permita que los terroristas se presenten a las elecciones a través de unas siglas, que ni siquiera quiero planteármelo” (http://www.abc.es/20110210/espana/rc-rompera-gobierno-sortu-esta-201102101246.html); y nadie en el partido la ha desautorizado (ni siquiera para recordarle que la inscripción o no de SORTU en el registro de partidos no es una decisión que en última instancia corresponda al Gobierno, sino a los Tribunales, de acuerdo con la Ley de partidos). El PP, por tanto, parece que lo tiene claro; mientras que en el PSOE ha habido algo más de desconcierto (http://www.elpais.com/articulo/espana/Gobierno/rechaza/reproches/Eguiguren/recalca/Sortu/ilegal/elpepunac/20110316elpepinac_3/Tes), pero parece que también se apuntan a la misma tesis de fondo. Finalmente, algunos de los argumentos de la Fiscalía General del Estado publicados en prensa apuntan a que SORTU es heredero de Batasuna, a que mientras ETA exista no pueden ser legalizados, y cosas por el estilo.
Y yo me pregunto si el tema no se está yendo un poco de las manos. Muchas de las garantías jurídicas que a alguien como a mí le hacen sentir razonablemente seguro de poder ejercer sus derechos (piénsese en la libertad de expresión o en el derecho de sufragio) sin temor a ser represaliado (por los poderes públicos, se entiende, en mi empresa ya sé que lo sería), vemos cómo se desvanecen. Episodios como el actual (que podría suponer una obvia negación del derecho fundamental de sufragio pasivo), o la declaración de un estado de excepción constitucional (alarma) con la sola finalidad de impedir el ejercicio del derecho de huelga (también “fundamental”) por parte de un colectivo de trabajadores, deben invitar, cuanto menos, a replantearse las cosas. Porque, no nos engañemos, lo que se decide aquí es si se niega el ejercicio de un derecho fundamental acudiendo a “antecedentes” y a meros pensamientos o intenciones presuntas. ¿No da la sensación de que nos estamos deslizando por una peligrosa pendiente que nos puede llevar a una situación en la que nuestros derechos y garantías puedan ponerse populistamente en una balanza frente a cualquier razón “de interés general” a la que el político de turno pueda echar mano? Yo no tengo, evidentemente, ninguna simpatía por la gente del entorno de Batasuna, pero no me hace ninguna gracia comprobar cómo, por mirar hacia otro lado (“como a mí no me afecta...”), ciertas normas de convivencia y continencia de los poderes públicos se continúan relajando. Porque, si alguna vez nos toca a nosotros, y ya no podemos mirar hacia otro lado, quizá resulte que es demasiado tarde. E históricamente, la principal amenaza para nuestra libertad y nuestra seguridad no ha venido del vecino, sino del poder público.
En un verdadero Estado de derecho democrático, el sólo hecho de que un grupo de ciudadanos funde un partido político y cumpla formalmente con unos requisitos legales razonables, entiendo que debería ser suficiente. En primer lugar, porque asi lo parece imponer la consideración de los derechos de sufragio pasivo y de asociación como derechos fundamentales; y, en segundo lugar, porque cuando se habla de tales derechos no debería haber sanción o medida preventiva que valiese, salvo que haya indicios absolutamente concluyentes que invaliden hechos como los principios declarados en unos Estatutos o el comunicado de la semana pasada.
Pero, aparte, parece que la sanción de la ilegalización es la única cuyo cumplimiento no da lugar a rehabilitación. Me explico: si un señor roba y mata a otro, y así se prueba en un juicio, ese señor va a la cárcel durante un período de tiempo, transcurrido el cual vuelve a ser considerado tan presunto inocente como cualquier otro frente a un hecho delictivo. Aquí, en cambio, parece que rige la regla contraria. ¿Qué pasa, que no se puede rectificar? ¿Pero no es de sabios? ¿Es que las consecuencias de las acciones y declaraciones pasadas se han de proyectar indefinidamente hacia el futuro? ¿Hasta cuándo, entonces? ¿Hasta que desaparezca ETA? Yo no soy un experto jurista, pero hacer depender los derechos de una persona de los actos de otra no parece muy razonable, ¿no?
Algunos me dirán que soy un ingenuo, que estamos siendo objeto de un engaño; pero yo no creo que los engaños puedan castigarse hasta que no se consuman. Además, yo apoyaría sin reservas una modificación de la ley electoral que permitiera desposeer del acta de concejal a quien incumpliese personalmente con las obligaciones que respecto de la actitud que se debe tener frente al terrorismo establece la ley de partidos. Y la existencia de esta posibilidad hace todavía más rocambolesca y peligrosa la polémica actual, que yo percibo envuelta en un insoportable tufillo gubernativo.
Es muy preocupante que un tema como éste se ventile no desde postulados jurídicos, sino políticos; dicho lo cual he de decir que también discrepo radicalmente del planteamiento político mayoritario. Aquí parece que el uso que pretende hacerse de la ley de partidos no se agota en los legítimos fines de debilitar a ETA y tratar de atraer a la legalidad y a la democracia a la denominada “izquierda aberzale”. El problema aquí es que muchos les resulta mucho mas cómodo que los aberzales estén fuera de las instituciones, porque saben que si estos vuelven a la legalidad, la lucha “pacífica” por la independencia puede recrudecerse, sumándose a ella EA, Aralar e incluso a sectores del PNV. Y porque mucha gente sospecha que un gobierno vasco como el actual es aritméticamente imposible si SORTU entra sin cortapisas en el Parlamento vasco.
Y yo digo que la Historia enseña que conflictos políticos como el vasco no se arreglan mirando hacia otro lado y tratando de enmascarar la realidad, ni dejando simplemente que pase el tiempo. Por mucho que el problema vasco deje de ser violento, va a seguir existiendo. Y me temo que lo peor que puede pasar en Euskadi es que se generalice la percepción de que “el Estado español” manipula el Derecho para tratar de limitar la pluralidad de sensibilidades sociales existentes. Eso seria un flaco favor a la moderación y la prudencia, y podría empujar “al monte” a gente que, en otras circunstancias, dudo que estuviera por la labor.
Una sociedad en la que un porcentaje significativo de la gente ampara el terrorismo es una sociedad enferma. Y el hecho de que los representantes de ese sector apuesten por un cambio de percepción frente a la violencia constituye, sin duda, una oportunidad que quizá no estemos en condiciones de dejar pasar. Si ETA ha durado tantos años es por el apoyo social con el que ha contado. Sin éste, los ¿40?, ¿100? chalaos sanguinarios de la banda no duran ni dos años. Se acaba. Con ellos se ha comprobado que no se puede hablar, que no son de fiar, que es muy difícil que algún día tomen la decisión de dejar las armas sin contrapartidas políticas. Supongo que no es fácil que un individuo tan profundamente patológico como para hacer lo que éstos hacen, renuncie algún día por si mismo al modo de vida que, a sus ojos, le convierte en un héroe aventurero y justiciero. La única oportunidad para que eso ocurra quizá pase por que les dejen de reír las gracias. Y la situación actual creo que brinda la posibilidad de que eso suceda y se consolide.
La calidad de una democracia también se mide por su capacidad para integrar a todos los sectores relevantes de la sociedad; en otro caso, falla en su operación fundamental: garantizar la estabilidad social. Por tanto, no puedo dejar de considerar como una victoria democrática que un grupo de individuos que hasta hace unos meses consideraban a los asesinos como mártires o héroes, ahora los rechacen y condenen sus acciones. Y mucho tendrás que hacer, amigo Simbólico, para convencerme de lo contrario.


Firmado: Escéptico. 




Respuesta:


Observo que, paradójicamente, amigo Escéptico, en tu argumentación no haces uso en ningún momento de las virtudes que se derivan de tu sobrenombre y que tan útiles resultan al tema que nos ocupa. Porque efectivamente tenemos que ser muy escépticos cuando nos enfrentamos con cuestiones como el proyecto político de la izquierda abertzale o su íntima conexión histórica con la violencia terrorista, por no hablar de las veces que han traicionado la confianza depositada en procesos anteriores de aparente fin de conflicto.

Considero de rigor separar, aunque sólo sea a efectos analíticos, las cuestiones estrictamente jurídicas, de las implicaciones de índole más política que se desprenden del movimiento emprendido por la izquierda abertzale. No obstante, y con ello ya adelanto el sentido de las conclusiones de esta réplica, se mire por donde se mire, la respuesta de las instituciones democráticas no debe caer en la precipitación y sí, por el contrario, combinar firmeza y prudencia a partes iguales.

El análisis jurídico ha de partir forzosamente del tenor literal de la Ley de Partidos y, en concreto, de su artículo 12.3, el cual otorga a la Sala correspondiente del Supremo la competencia para declarar la improcedencia de la sucesión de un partido declarado disuelto por Sentencia anterior -léase Batasuna-, siempre y cuando se aprecie similitud sustancial de ambos partidos políticos, de las personas que los componen, o de cualesquiera otras circunstancias relevantes que, como su disposición a apoyar la violencia o el terrorismo, permitan considerar dicha sucesión.

Hay que reconocer que Sortu se ha esforzado por aparentar ser un partido nuevo, diferente y hasta desvinculado de Batasuna: Nuevo logo, iconografía propia y una selección de promotores sin ninguna relación con la ilegalizada Batasuna. Pero en nuestro Ordenamiento, esta apariencia de legalidad que encubre en el fondo la persecución de un resultado prohibido por la propia norma tiene un nombre: fraude de ley. Y en la práctica, aquí vemos un único objetivo: Presentarse a las próximas elecciones municipales, a Juntas Generales y al Gobierno Foral de Navarra.

Ciertamente, como sostienes, nos encontramos ante derechos fundamentales (sufragio pasivo, asociación) dignos de la máxima protección y precisamente por ello es por lo que su limitación sólo puede producirse en los casos tasados por la Ley Orgánica que los desarrolla y por el órgano competente establecido en la misma. Así sucedió con la sentencia del Supremo que ilegalizó a Batasuna y así debe suceder, bajo mi punto de vista, en el caso de Sortu.

Al final, la tarea se reduce a la formulación de un sencillo silogismo: Si ETA y Batasuna son el mismo sujeto real y si Sortu es heredero de Batasuna, el juicio que hay que hacer no sólo es que Sortu debe ser ilegalizado, como lo fue su antecesor, sino también, en consecuencia, que el nuevo partido comparte una misma identidad sustancial con la banda terrorista.

Que ETA y Batasuna eran el mismo sujeto no requiere ulterior justificación. La Sentencia de 2003 fue clara a estos efectos. Ahora de lo que se trata por tanto es de “levantar el velo” de la apariencia de legalidad de Sortu y descubrir bajo éste la continuidad del proyecto político de Batasuna. Porque ésta y no otra conclusión debe extraerse de los indicios existentes, algunos de ellos, por cierto, empleados por Escéptico para justificar lo contrario.

Me estoy refiriendo en particular al contenido de los propios Estatutos de Sortu, que en ningún momento “condenan” explícitamente la violencia de ETA, tal y como afirmas, querido amigo, en la primera línea de tu escrito. Precisamente el empleo del término “rechazo” en lugar de “condena”, lejos de sumergirnos en una inútil discusión bizantina, nos demuestra cuan cerca está el vocabulario de Batasuna del nuevo lenguaje de Sortu. Ambos siguen la directriz que ETA expresó en uno de los documentos incautados por la policía, en el que textualmente se dice que “la izquierda abertzale no condenará nunca las acciones de la Organización”.

Como éste, existen otros indicios relevantes. Por citar sólo algunos de ellos: que dicho “rechazo” expresado por Sortu no se extiende a acciones terroristas pasadas; que los propios Estatutos hablan de la “Izquierda Abertzale”, alusión que debe entenderse realizada a Batasuna; la participación de miembros de la Mesa Nacional del partido ilegalizado en el acto en que se anunció públicamente el surgimiento del nuevo proyecto político; o la presencia de destacados miembros de Batasuna en el acto de presentación de Sortu. Por cierto, que el comunicado del día 10 de marzo al que te refieres, mantiene el término “rechazo”, y si da algún paso más sólo es por mero tacticismo, pues  su único objetivo fue responder a los argumentos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado y salir al paso de quienes les acusaban de guardar silencio ante las últimas detenciones de miembros de ETA y de los planes de los terroristas para atentar contra el Lehendakari Patxi López.

Estos y otros indicios, muchos de ellos asentados en informes policiales, son suficientes para, desde una perspectiva de conjunto, llegar a la convicción de que Sortu, a pesar de constituir el intento más sofisticado de apariencia de legalidad desde 2003, supone la sucesión o continuidad de Batasuna y, por tanto, también debe ser declarado ilegal.

Por otro lado, desde un punto de vista político, estoy en condiciones de reconocerte que la izquierda abertzale ha dado un paso, incluso un paso significativo. Pero en ningún caso se trata de un paso suficiente. Después de todo lo que ha pasado en los últimos años, no podemos volvernos de repente  amnésicos y empezar a reconocer interlocutores a quienes ayer amparaban y justificaban la violencia terrorista. ETA no ha declarado el fin de la violencia, sus comandos siguen operativos y sus aparatos de logística se siguen aprovisionando. ETA quiere tutelar el proceso de una eventual negociación y para que ese proyecto se materialice necesita un brazo político legal que esté presente en las instituciones. Si queremos hacerle el juego, tenemos que legalizar a Sortu. Ahora bien, si por el contrario queremos que el proceso de pacificación se juegue con nuestras reglas, que son las del estado de derecho y las de la democracia, tenemos que actuar con cautela y, en todo caso, ser conscientes de que es ETA la que debe autodisolverse y, en tanto ello se produzca, es la izquierda abertzale la que tiene que declarar expresa y claramente su condena a la violencia y su ruptura total y absoluta con la ilegalizada Batasuna y con la banda terrorista.
Firmado: Simbólico.



Réplica:


Querido simbólico, entiendo tu escepticismo frente a lo que llamas “proyecto político aberzale” y, haciendo bueno mi pseudónimo, incluso lo comparto. Lo que pasa es que en el plano legal deben invertirse las tornas, pues el escepticismo institucional se traduce, en buena lógica, en presunta culpabilidad, y eso no está bien; ni siquiera es políticamente correcto. Tu respuesta es un brillante ejemplo del discurso institucional dominante, sobre todo, tras el anuncio hoy de la sentencia del Tribunal Supremo; pero incurre, como digo, en un prejuicio que un sistema legal como el nuestro no debe poder permitirse.
Lamento que abuses de tus conocimientos jurídicos para combatir mis argumentos. Y lo cierto es que, como ha dejado entrever Spinozat en su comentario, tu discurso tiene una impecable lógica interna, aunque autorreferencial, muy propia de lo jurídico: se sustituyen parcelas de la realidad por ciertos símbolos (¿de ahí tu pseudónimo?), para operar homogéneamente con ellos, y entonces los silogismos son tan sencillos como tú dices: “ETA y Batasuna son el mismo sujeto real y si Sortu es heredero de Batasuna, el juicio que hay que hacer es que Sortu debe ser ilegalizado”. El problema es que tanta sencillez, si se lleva a las últimas consecuencias, qué implicaría. ¿Habría que detener y condenar a los miembros de Sortu también por pertenencia a banda armada? ¿Y a los que les apoyan? Quizá también puedan ser considerados “el mismo sujeto real”. ¿Se encarcela, pues, al 15% de la sociedad vasca? Yo creo que las proposiciones lógicas deben construirse sobre bases algo más sólidas; y, si no, dejarse para juegos de lenguaje.
Aún así, y consciente de mi inferioridad de condiciones, acepto el reto. Hablemos sobre esas leyes. Dices (y yo te creo) que la ley de partidos autoriza la no inscripción en el registro correspondiente de partidos que incurran en una “similitud sustancial”, así como de “las personas que los componen, o de cualquiera otras circunstancias relevantes que, como su disposición a apoyar la violencia o el terrorismo, permitan considerar dicha sucesión”. Vaya, parece que aquí nos habíamos saltado algo. Yo creo, que frente a tu opinión, lo relevante no es “el nuevo logo y tal”, sino, precisamente, el rechazo explícito a la violencia de ETA. Y que “esta apariencia de legalidad que encubre en el fondo la persecución de un resultado prohibido” tiene que probarse; y no en base a presunciones, sino de un modo concluyente. Si no, de nuevo, estamos frente a una presunta culpabilidad.
Como recuerda Eduardo Vírgala (http://www.almendron.com/tribuna/33485/legalizacion-ahora-si/), en 2007 el Tribunal Supremo frustró la legalización de Batasuna porque entendió que “no consta gesto alguno que pudiera valorarse como signo de alejamiento o de reconsideración de su pertenencia a aquella o de renuncia a sus fines y estrategias”. Y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que “las restricciones a la actividad de un partido han de interpretarse restrictivamente”. Y resulta que, según tú, querido Simbólico, una de las principales razones que impiden legalizar a SORTU es que han empleado la palabra “rechazo” en lugar de “condena”. Yo, la verdad, me he ido al diccionario RAE y he visto que “condenar” (por ciudadanos, no por jueces o autoridades públicas, obviamente) significa “reprobar una doctrina, unos hechos, una conducta, etc., que se tienen por malos y perniciosos”; mientras que por “rechazar” se puede entender “mostrar oposición o desprecio a una persona, grupo, comunidad, etc.”. Quizá sea que se trata de símbolos o metaconceptos jurídicos cuyo sentido peculiar desconozco, pero me da la sensación que como razón para prohibir un partido e impedir participar en las elecciones es un poco frágil. Y respecto de que sólo se rechazan acciones futuras,  no es algo que haya salido de la boca de los responsables de SORTU, así que no se puede tomar por cierto. Lo que pasó en aquélla rueda de prensa fue que se reiteró el rechazo en general de la violencia, expresamente de ETA, sin precisar el momento en que se produzca o haya producido, y los periodistas de ciertos medios entendieron eso de lo que tú te haces eco tan convencido. Supongo, de nuevo, que es un problema de prejuicios; los cuales probablemente comparto, pero trato de que no me nublen el juicio.
Por lo demás, comentas que “no podemos volvernos de repente  amnésicos y empezar a reconocer interlocutores a quienes ayer amparaban y justificaban la violencia terrorista”. Y yo me pregunto, ¿amnésicos? ¿No será más cercano a la amnesia considerar que nada ha cambiado cuando los que “ayer amparaban y justificaban la violencia terrorista” hoy dicen que rechazan la violencia “cualquiera que sea su origen y naturaleza; rechazo que, abiertamente y sin ambages, incluye a la organización ETA, en cuanto sujeto activo de conductas que vulneran derechos y libertades fundamentales de las personas”? ¿Y si además anuncian que expulsarán a todo afiliado que realice “alguna de las conductas previstas en el artículo 9 de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos”? Evidentemente, algo bastante significativo ha cambiado. ¿Que si es para siempre? “Para siempre” –como vino a decir Azaña respecto del problema catalán- es una expresión que no existe en la historia, por lo que no merece la pena considerarla. En cualquier caso, reitero mi pleno apoyo a las reformas legales que permitan retirarle el acta de concejal a quien o quienes incumplan personal o colegiadamente con las obligaciones de la Ley de partidos. De este modo, los eventuales espacios francos que las imprescindibles garantías legales pudieran dejar, podrían solventarse tan pronto como quedaran al descubierto. ¿Y no estaría esto más en la lógica de nuestro sistema, sancionar a posteriori y no a priori?
Por último, no puedo dejar de referirme al fallo anunciado hoy en la sentencia sobre SORTU. Sólo conocemos el fallo, pues parece que el texto de la Sentencia saldrá la semana próxima, pero sí sabemos que se ha aprobado por 9 votos contra 7, y que se anuncian, al menos, 3 votos particulares. Habrá que ver la declaración de hechos probados, pero la división de opiniones creo da idea de las dudas existentes. Y ante las dudas, prudencia, como dices tú, Simbólico. Sólo que en procedimientos legales de este tipo, prudencia debería significar no sancionar.

Firmado: Escéptico.


Contrarréplica

No pretendería abusar de conocimientos jurídicos para fundamentar una posición, si no tuviera la certeza de que la parte ante la que argumento posee, al menos, la misma capacidad para debatir en esos mismos términos. Y he de reconocer, amigo Escéptico, que tu réplica no carece de fundamentación, aunque a mi parecer yerra en el planteamiento correcto de la cuestión y por eso deriva en la misma inconsistencia en que incurría tu entrada original.

Con independencia de la resolución del Supremo, sigo creyendo que en este tema no partimos de cero y por eso mismo no es necesario construir todo un edificio probatorio desde sus cimientos para determinar la ilegalización de Sortu. Esa es la razón por la que sigo considerando perfectamente factible el silogismo que empleé en la respuesta y por lo que no creo justificadas las críticas que Spinozat y tú habéis realizado sobre el mismo.

Partimos de la base de un partido (Batasuna) ilegalizado en 2003 y partimos también de resoluciones judiciales posteriores que han establecido una conexión directa entre cada nueva formación política sometida a escrutinio (por ejemplo, ANV en 2008)  y la anterior formación ilegalizada. Por tanto, en todos esos casos anteriores y en este de Sortu, el juicio del Tribunal se concreta en determinar si el nuevo partido que nace en el entorno de la izquierda abertzale tiene vínculos o no con Batasuna.

Y en este caso, Sortu los tiene, tal y como prueban los indicios aportados. La referencia que la Ley de Partidos hace al apoyo a la violencia o al terrorismo es sólo uno más de los indicadores que permiten evaluar si se produce o no dicha sucesión. Aunque en este caso, tal apoyo no se hubiera determinado (a pesar de que sus representantes guardaran silencio cuando se les preguntó expresamente por su rechazo de las acciones violentas de ETA en el pasado), existen otros indicios que apuntan a la existencia de dicha sucesión, tal y como indiqué en mi respuesta. Y sí, uno de esos indicios es la diferencia que existe entre “rechazo” y “condena” de la violencia, porque a pesar de su cercanía semántica, entre ambos términos existe una indudable distancia sociológica, tal y como lo prueban, tanto la experiencia acumulada estos años como el comunicado de ETA incautado en el que ésta prohibía a su entorno político “condenar” sus actuaciones. Acierta, por tanto, Hedonista en su comentario cuando dice que no es suficiente el rechazo del terrorismo para que un partido con vínculos probados con la anterior Batasuna pueda ser legalizado.
Comparto por lo demás contigo la conveniencia de desposeer del acta de concejal al representante político que incumpla la Ley de Partidos, pero como elemento adicional y no sustitutorio de un control ex ante de los propios partidos.

En definitiva, Sortu podrá ser legal cuando ETA se disuelva, en cuyo caso el juicio de legalidad habrá de iniciarse de cero o cuando con sus Estatutos, declaraciones y representantes demuestren una ruptura expresa y total con lo que fue Batasuna. Y ello, querido Escéptico, no supone vulnerar ninguna garantía, sino simplemente cumplir con la Ley de Partidos y con el Estado de Derecho que proclama nuestra Constitución.

Firmado: Simbólico.

8 comentarios:

  1. No nos olvidemos del papel que jugo el SinFein en el proceso de paz de Irlanda del Norte.

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  2. Escéptico, gracias por la entrada. Muy interesante. A la espera de leer "la respuesta" a tu texto, coincido bastante contigo. Aunque sólo se me plantea una duda. ¿Y si Sortu fuera ETA? Esto es, ETA que se condena a sí misma sólo para obtener dinero y un altavoz político. Yo creo que ahí está la clave para la legalización o no. Y el problema es que no disponemos de esa información, porque está en los informes policiales secretos. La pregunta, pues, sería: ¿y si existieran pruebas claras de que SORTU es ETA? Sólo en ese caso, creo que no procedería la legalización.

    Hedonista.

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  3. Por azares de Internet, he llegado a este blog que me parece muy interesante. No he comprendido muy bien "las reglas de juego"; creo que se basa en un debate entre anónimos, pero no sé si se puede intervenir antes de que el debate haya concluido. (Por otra parte, no sé cuando finalizan los debates). Dicho todo esto, me animo a comentar. La respuesta de Simbólico me ha parecido brillante, de lo mejor que he leido sobre este tema. Si entras en su silogismo estás perdido: te lleva dónde él quiere. El problema es que ese silogismo puede conducir al absurdo. Si ahora se ilegaliza Sortu, dentro de unos años, cuando se crees un partido independentista de izquierdas que condene condene y rechace y se distancie de ETA se dirá que es heredero de Sortu, que a su vez es heredero de Batasuna, y que por tanto, no procede tampoco su legalización. Y así ad infinitum. También podríamos decir que el PP es heredero de AP que a su vez es heredero de Franco, o de Fraga, que todavía está ahí dispuesto a batir el récord de años vividos con coche oficial. Por otra parte, he leído en otro comentario más arriba, que Sortu puede ser ETA que se condena a sí misma, que no lo sabremos porque está en informes policiales secretos. Pero entonces, pregunto: ¿por qué no les detienen? Si tienen prueba de que son ETA, ¿no deberían arrestarles por pertenencia a banda armada?

    Sigo la tendencia, y firmo con pseúdonimo.

    Espinozat.

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  4. Desde luego que los derechos en juego son fundamentales, pero no están en el vacío de un laboratorio, sino coexistiendo con otros derechos. Y cuando hay conflicto de derechos, y se decide que uno prevalezca, no es porque se elimine el otro.
    No se elimina el derecho a la vida cuando se declara inocente de homicidio al que actúa en defensa propia. O usando un argumento de Escéptico, no se elimina el derecho de huelga por usar el estado de alarma para restablecer el tráfico aéreo. Entre otras cosas, porque los controladores no convocaron una huelga (ni salvaje, ni civilizada; no lo han hecho en 30 años) sino porque realizaron un boicot concertado, ante el que se intervino con la ley en la mano para asegurar la apertura del espacio aéreo.
    En el caso de Sortu la cuestión es compleja (el fallo del Supremo y la división de pareceres da fe de ello), pero asimilar a los que dudan de la constitucionalidad de la ilegalización de Sortu a amigos de ETA es tan burdo como asimilar a los que la defienden de enemigos de la democracia.
    Hasta el tribunal de DDHH de la Unión Europea ha avalado que el criterio de prohibir Batasuna fue ajustado a Derecho. Las razones las sabemos: formaban una unidad de estrategia con ETA. Ésa es la principal cuestión a dilucidar ahora. ¿Forma Sortu parte de una estrategia compartida con ETA? Porque la existencia de Aralar o de EA pone de manifiesto que ser de izquierdas o independentista no es razón para ser ilegal. Lo es ser instrumento de una estrategia de la que forma parte el terrorismo.
    Y poniendo cuatro caras nuevas y un par de frases de rechazo medido en unos estatutos no se demuestra que no sigues siendo Batasuna. Porque ya han hecho veinte jugadas, la penúltima con ANV, que obligan a valorar con prudencia todos los indicios y pruebas existentes.
    Así que yo también creo que la actuación del Gobierno, promoviendo el procedimiento, y la decisión del Supremo han sido acertadas.
    Las valoraciones políticas son harina de otro costal, y decir que no legalizar significa echar leña al fuego de los violentos sería tanto como aceptar el chantaje: los legalizamos porque de no hacerlo comenzarán a quemar autobuses, cajeros y quién sabe qué más.
    Se les legaliza sin son legales (se ponga como se ponga el TDT Party) y se les mantiene en la ilegalidad, si hay razones para ello, (se ponga como se pongan los borrokas de turno).
    Y del PP, pues bien por la mesura de Basagoiti, pero de los de Génova... bueno, de esos, mejor hablar en otra ocasión.

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  5. Hola Spinozat. Las "reglas del juego" del blog son las siguientes: un colaborador escribe una entrada y otro le contesta. Los demás, colaboradores o meros lectores, pueden realizar libremente comentarios como el que tú has hecho. La idea es no ser dogmático, exponer las opiniones, a ser posible, por contraste, y respetar las opiniones ajenas. Si en alguna ocasión quieres iniciar una nueva discusión, puedes enviarnos un texto, y si nos parece interesante, buscaremos a alguien que lo conteste y lo publicaremos. Tú, a su vez, tendrías la ocasión de publica una "réplica".
    Lo de los pseudónimos creemos que es vital, pues permiten ganar en libertad y espontaneidad.
    Gracias, en cualquier caso, por el interés.
    Un saludo.

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  6. Hola Béticus. Estoy de acuerdo con que uno de los límites de los derechos es el representado por otros derechos, pero no veo qué derecho fundamental se lesiona permitiendo que ciertas personas sean electoras y elegibles en unas elecciones. Y respecto a los controladores, estoy de acuerdo en el el boicot fue ilegal, y espero que las consecuencias legales sean las correspondientes. Pero la duración del estado de alarma fue la que fue para evitar una huelga legal. Mírate la Constitución y la Ley Orgánica de los derechos de alarma, excepción y sitio. Ya verás cómo el restablecimiento y mantenimiento del espacio a aéreo ante la amenaza de huelga no está contemplada; y la militarización, por cierto, tampoco. Si eso lo llega a hacer el PP, se habría armado una buena. Y con razón.
    Un saludo,

    Escéptico.

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  7. Hasta ahora pensaba que en el caso de Sortu el Tribunal Supremo tenía que dilucidar si:
    A. La izquierda política independentista había renunciado a la violencia, que hasta hace poco apoyaba, y había creado un nuevo partido político (SORTU) que condenaba a ETA. Esto es: la antigua Batasuna había roto con el terrorismo.

    B. SORTU en realidad no ha roto con el terrorismo, pues sigue las instrucciones de ETA, y la letra de sus estatutos sólo persigue la legalización para estar presente en las instituciones políticas. Esto es: la antigua Batasuna estaba realizando un fraude de Ley.
    Si es A, procedería la legalización. Y si es B, la ilegalización. Y yo pensaba que para ver si era A o B, el Tribunal tenía que valorar pruebas que conectaran a Sortu con ETA. Pruebas claras. Por ejemplo: una conversación telefónica en la que un Etarra diera instrucciones a una persona para fundar SORTU, y que luego esa persona formara parte del equipo del nuevo partido.
    Pero no, no se trataba de eso. Ha quedado muy claro en los argumentos que brillantemente ha expuesto Simbólico (que, al parecer, son los que ha seguido El Tribunal Supremo). Se trataba de que no hubiera indicios de que Sortu fuera Batasuna. ¿Y quién iba a ser si no? ¿la derecha democrática constitucionalista que había decidido fundar un nuevo partido que condenase a ETA? Yo pensaba (inocente de mi) que podría llegar un momento en el que Batasuna condenase la violencia terrorista y pasase a ser una fuerza política legal. Como Esquerra Republicana pero en el País Vasco. Pero no, ahora sabemos que no puede haber continuidad entre Batasuna y una nueva fuerza política, aunque rechace el terrorismo, aunque no haya pruebas de que siga las instrucciones de ETA. Mientras utilice el mismo universo simbólico (independencia, “izquierda abertzale”, mismas personas, mismos lugares de reunión) tenemos argumentos suficientes para no darle cobertura legal.

    Hedonista.

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  8. Gracias por la explicaciones. Por ahora me conformo con participar en la parte de comentarios.

    Espinozat.

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